Prestación por: ¿hija a cargo?

Las cosas son como son:
yo recibo una prestación de la seguridad social.
Se llama “prestación por hijo a cargo”.
En mi cuenta del banco.
Y yo no soy el padre de mi hermana.

Así que hemos ido a la seguridad social para que Maleni pida un cambio.
Es ella la que tiene la discapacidad y a quien le pertenece la prestación.
Que la pongan a su nombre.
¿Y si tiene que solicitar una hipoteca? ¿Cómo justifica sus ingresos?
Al final, siempre me quieren incluir a mí de avalista.
Pues no.
Es mi hermana, no mi hija.

Pero hoy me han llamado de la seguridad social,
y me han dicho que no es posible.
Que, como yo figuro de guardador,
la aplicación no permite el cambio de titular.
Ya saben que esto es incoherente con la ley.
Pero el problema viene de Madrid.
Quizás lo solucionen en la próxima versión del programa informático.

¿Y eso dentro de cuánto tiempo será? ¿Unas semanas?
Más bien un año. Lo siento. Las cosas son como son.

Una
nueva
vida.

en 9 meses

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